Esta decisión se tomó debido al estado epidemiológico actual, es decir, el aumento de contagiados y a la circulación de nuevas variantes de ‘preocupación’, como Ómicron. Además, obedece a la tendencia internacional que muestra la rapidez del contagio y la presión a los servicios de salud que tienen alta demanda en hospitalización.

Ecuador tiene la cantidad de biológicos necesarios para inmunizar a toda la población. Estos aspectos están contemplados en los Lineamientos de obligatoriedad de la vacunación contra SARS-CoV- 2. El documento fue emitido por el Ministerio de Salud Pública (MSP) este 23 de diciembre de 2021.

La medida tiene fundamento legal. En el numeral 4 del artículo 6 de la Ley Orgánica de la Salud se lee “declarar la obligatoriedad de las inmunizaciones contra determinadas enfermedades, en los términos y condiciones que la realidad epidemiológica nacional y local requiera; definir las normas y el esquema básico nacional de inmunizaciones; y, proveer sin costo a la población los elementos necesarios para cumplirlo”.

Asimismo en la Constitución de la República, en su artículo 32, se detalla que es un derecho que el Estado garantiza a través de políticas públicas, programas, acciones y servicios oportunos para la promoción y atención integral de salud.

Por su parte, en el numeral 7 del artículo 83 de la Carta Magna impone como deber de las y los ecuatorianos promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular.

En varios países europeos se implementará esta medida. En Alemania, Austria y Grecia se tiene previsto hacer obligatoria la vacunación contra la COVID-19, a inicios de 2022.

Alexander Schallenberg, canciller interino de Austria, señaló el 19 de diciembre que «a pesar de los meses de persuasión, no hemos conseguido convencer a suficientes personas para que se vacunen». El 66% de la población de esa nación tenía el calendario de vacunación completo a mediados de noviembre.

En el documento ecuatoriano se incluyeron las resoluciones del Comité de Operaciones de Emergencias (COE) Nacional, del 21 de diciembre de 2021. Entre ellas, la presentación obligatoria del carné o certificado de vacunación en espacios de atención pública o para actividades no esenciales; quedan exentas aquellas dedicadas a salud, educación, trabajo y servicios públicos. A la vez, la vigilancia y control de parte de las autoridades quienes se encargarán de la aplicación de las disposiciones de este documento.

La inmunización no será obligatoria para las personas que presenten alguna condición médica o contraindicación. Para ello, deben presentar un certificado.

El MSP recuerda a la ciudadanía que la vacunación es un escudo de protección contra la enfermedad. Ayuda a evitar la enfermedad grave, la hospitalización y, por ende, el fallecimiento de los contagiados, en especial, los grupos prioritarios, como adultos mayores y con enfermedades agravantes.

Hasta el martes 21 de diciembre, 12,4 millones de personas cuentan con el esquema completo (dos dosis). Representa el 77,2% de los 16 millones de habitantes que constituyen la población objetivo a vacunar (a partir de 5 años).

Situación epidemiológica del país

Tras los feriados por el Día de los Difuntos, Independencia de Cuenca y Fundación se Quito, se ha registrado un aumento de casos de la COVID-19. Entre el 20 y 21 de diciembre hubo un alza de 467 contagios en el país, según el último informe publicado el 22 del presente mes.

Asimismo se dio un incremento en la ocupación de camas en las unidades médicas. En la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), el porcentaje oscila entre 24 y 77% en los establecimiento sanitarios de la red integral de salud, que agrupa a unidades médicas del Ministerio de Salud Pública (MSP), Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional (ISSPOL), Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA) y clínicas privadas. (I)

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