Mediante un comunicado, el Ministerio de Turismo pone en conocimiento de los prestadores de servicios turísticos lo siguiente:

Los establecimientos que cuentan con registro de turismo actualizado, y que han sido validados por el SRI, deben aplicar el cobro de IVA 8% durante el feriado de Carnaval.
Para conocer el estado de su establecimiento, se pide que ingrese al siguiente enlace:
Si su establecimiento no se encuentra en el listado, y usted tiene un registro de turismo, esa cartera de Estado indica que por favor remita la copia de su registro de turismo y del RUC (actualizado) a: catastros@turismo.gob.ec
El comunicado agrega que si usted no cuenta con el registro de turismo, en cumplimiento de la normativa vigente, puede tramitar el mismo en las oficinas del Ministerio de Turismo a nivel nacional o en la página: https://siturin.turismo.gob.ec/login
El procedimiento para el registro de un establecimiento turístico es:

a) Crear usuario y contraseña

b) Validar información de establecimientos en SRI y Superintendencia de Compañías

c) Seleccionar actividad a registrar, y verificar normativa turística

d) Enviar solicitud

Este proceso se ejecuta en concordancia a la oficialización de la reducción del IVA del 12% al 8% durante el próximo feriado de Carnaval, contabilizando los días 26, 27, 28 de febrero, realizada mediante el Decreto Ejecutivo Nº 339 el 31 de enero de 2022, concluye la comunicación. (I)

 

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