La inscripción de casas, departamentos o terrenos debe realizarse en el cantón al que pertenecen, por ello, se debe acudir al Registro de la Propiedad de Quito, institución encargada de este proceso en las 32 parroquias urbanas y 33 rurales que forman parte del Distrito Metropolitano.
Los actos y contratos de inscripción de un bien inmueble no pueden ejecutarse en otra jurisdicción, salvo determinados casos en los cuales por la creación de nuevos cantones y sus demarcaciones territoriales se producen cambios. Por ejemplo, al cantón Quito pertenecían Santo Domingo de los Tsáchilas (hasta 1967), Puerto Quito (hasta 2003), San Miguel de los Bancos (hasta 2000) y Pedro Vicente Maldonado (hasta 2003).
En estos casos, cuando se va a realizar una compraventa u otro tipo acción legal sobre un bien inmueble, el Registro de la Propiedad de Quito solicita los antecedentes. En el certificado de gravámenes que se emite se indica hasta que fecha tuvo competencia de inscripción la institución registral capitalina. (I)
