La Ordenanza Metropolitana 067-2024, sobre el Reglamento del Usuario del Metro de Quito está vigente, por ello se busca dotar a la ciudadanía de normas de convivencia para el uso responsable de este moderno sistema, indicó María Fernanda Racines, vicealcaldesa y presidenta de la Comisión de Movilidad.

Añadió que hay derechos y obligaciones para los usuarios, para movilizarse con igualdad, equidad, solidaridad, respeto y convivencia ciudadana; como bancas rojas para personas con discapacidad, los senderos seguros. “Existe el castigo por no respetar los derechos y con el fin de que se cumplan, se han especificado las infracciones”, dijo.

Entre los derechos recalcó que se prioriza al peatón. Sobre el transporte de animales de compañía, explicó que una persona puede llevar un animal, no se puede alimentarlo, no trasladar animales peligrosos o enfermos, transportarlos en una maleta adecuada, que no tengan más de 10 kg. Los animales que son parte de asistencia deberán tener el certificado de la autoridad sanitaria, debidamente identificado con chaleco, arnés. Las bicicletas, se pueden llevar en un horario y lugar específico.

Sanciones, el objetivo no es poner sanciones y recaudar, puede ser pagado en dinero o 10 USD por cada hora de trabajo comunitario que se haya fijado.

Leves, USD 115 de multa, es decir el 25% de un Salario Básico Unificado (SBU). Entre las más comunes: saltarse la fila; obstaculizar el paso; ingerir alimentos; no recoger los desechos de la mascota; apoyarse en las puertas; utilizar indebidamente escaleras mecánicas, gradas y ascensores.

Graves, 230 USD, el 50% de un SBU a quienes se sienten el piso, gradas y lugares de desplazamiento; no se puede fumar, vapear, consumir drogas o bebidas alcohólicas; quedarse luego del cierre; desplazarse en patines, bicicleta, scooter, unidades de tracción a motor.

Muy graves, 100% SBU, USD 460. Saltar y realizar movimientos bruscos como en ascensores, gradas y escaleras mecánicas; vandalismo, como rayar, pintar, machar, pegar carteles; propaganda y volanteo; activar injustificadamente los dispositivos de emergencia; portar armas de fuego y armas blancas; actos de violencia y/acoso; actividad económica o comercio. (I)

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