En un nuevo operativo realizado con el personal del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, representantes de la Fiscalía General del Estado y Unidades de la Policía Nacional (Upma, Unidcam, Criminalística y UMO), se realizó la retención de 27 especímenes de vida silvestre encontradas en tenencia ilegal en una quinta ubicada en la zona rural del cantón Portoviejo, provincia de Manabí.

En este procedimiento no existieron detenidos, sin embargo se levantó el acta administrativa e iniciará el proceso respectivo por parte de esta cartera de Estado.
En este proceso se retuvo un total de 26 individuos de especies nativas registradas a continuación:

1 Mono lanudo de Humboldt Lagotrix poeppigii En peligro
1 Capuchino blanco ecuatoriano Cebus aequatorialis Peligro crítico
2 Tortuga mordedora Chelydra acutirostris Vulnerable
2 Perico cachetigris Brotogeris pyrrhoptera Vulnerable
1 Guacamayo azuliamarillo Ara ararauna Casi amenazada
1 Loro cabeciazul Pionus menstruus Preocupación menor
2 Perico caretirrojo Psittacara erythrogenys Casi amenazada
4 Arasari collarejo Pteroglossus torquatus Casi amenazada
3 Charapa pequeña Podocnemis unifilis Vulnerable
1 Tortuga taparrabo de la costa Kinosternon leucostomum No evaluada
1 Tortuga cabeza pintada Rhinoclemmys melanosterna No evaluada
1 Tortuga blanca Rhinoclemmys nasuta Casi amenzada
2 Ardilla de Guayaquil Simosciurus stramineus Preocupación menor
2 Lora amazona alinaranja Amazona amazonica Preocupación menor
2 Lora amazona frentiroja Amazona autumnalis En peligro
1 Tortuga Californiana Trachemys scripta Exótico

Estos individuos de vida silvestre, de acuerdo con el diagnóstico preliminar del medio de conservación y manejo ex situ al que fueron entregados, presentaban signos clínicos producto de un mal manejo de las especies en su cautiverio. Según las Lista Roja de Ecuador, estos ejemplares se encuentran entre las categorías de conservación: en Peligro Crítico, En Peligro, Vulnerables y No Evaluados.
El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica hace un llamado a la ciudadanía a reportar al ECU 911 este tipo de hechos, ya que el tráfico y tenencia ilegal de animales silvestres constituye un delito.

Dato: El Código Integral penal en su Art. 247.- Delitos contra la flora y fauna silvestres. – (Sustituido por el Art. 51 de la Ley s/n, R.O. 107-S, 24-XII-2019). – La persona que cace, pesque, tale, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, introduzca, almacene, trafique, provea, maltrate, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies listadas como protegidas por la Autoridad Ambiental Nacional o por instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. (I)

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