• El Concejo Municipal aprobó una reforma que busca garantizar la continuidad de la administración municipal y evitar que la ciudad quede sin una autoridad al frente de la municipalidad.

Una reforma al Código Municipal aprobada este jueves 5 de noviembre por el Concejo Metropolitano establece el mecanismo para elegir vicealcalde o vicealcaldesa cuando estas dos autoridades se ausenten al mismo tiempo para participar en un proceso electoral.

Esta reforma se realizó porque no existía un mecanismo para elegir al reemplazo de la máxima autoridad municipal y de vicealcalde o vicealcaldesa, cuando participen simultáneamente en una reelección y deban pedir licencia sin remuneración, durante la campaña electoral.

En este caso, por paridad de género, la nueva vicealcaldesa asumiría el cargo de Alcaldesa subrogante para el reemplazo del Alcalde de Quito. La reforma incorpora un mecanismo para elegir a esta autoridad mediante mayoría absoluta, es decir, con el respaldo de la mitad más uno de los integrantes del Concejo Metropolitano.

Durante la sesión, el alcalde señaló que la ciudad no puede quedarse sin una autoridad que ejerza sus funciones, independientemente del tiempo que dure la ausencia. “Lo que no podemos permitir es que el Concejo Metropolitano de Quito y la Alcaldía de Quito queden en acefalía, sea por un día, por horas o por 15 días. Así que lo que está haciendo el Concejo es responsable”, manifestó.

La vicealcaldesa destacó que la decisión permitirá mantener el funcionamiento municipal mientras ambas autoridades solicitan licencia sin remuneración para ejercer su derecho a participar en la contienda electoral. Señaló que la aprobación de la reforma al Código Municipal refleja la voluntad de los concejales de garantizar que el Municipio continúe trabajando por la ciudad durante ese periodo.

Por su parte, Bernardo Abad, presidente de la Comisión de Participación Ciudadana y Gobierno Abierto, indicó que la reforma resuelve un vacío normativo que calificó como un «escollo sui géneris» en el Concejo Metropolitano. Otro edil sostuvo que, pese a las diferencias ideológicas, es necesario garantizar la continuidad institucional y que la inclusión de este artículo no vulnera derechos constitucionales.

En las próximas horas se convocará a una nueva sesión extraordinaria para elegir a la autoridad que asumirá temporalmente la Alcaldía. Por el principio de paridad de género, esta responsabilidad deberá recaer en una mujer, quien ejercerá las funciones de alcaldesa durante los 15 días que durará la campaña electoral.

Datos destacados

• El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que las autoridades que busquen la reelección deberán solicitar licencia sin remuneración antes del inicio de la campaña electoral, prevista del 12 al 26 de noviembre.
• Según el calendario electoral, el 9 de noviembre se publicará el listado oficial de las candidaturas inscritas.
• Los debates entre los postulantes se realizarán del 12 al 26 de noviembre de 2026.
• Del 27 al 29 de noviembre se observará el Silencio Electoral.
• El 26 de noviembre se realizará el sufragio de Personas Privadas de la Libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.
• El 27 de noviembre se prevé la realización del Voto en Casa.
• El 29 de noviembre se realizará el sufragio general.

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