En una nueva sesión de concejo realizada este jueves 7 de mayo de 2020, se aprobó una nueva ordenanza que dispone medidas obligatorias de prevención para evitar la propagación del COVID-19 en los establecimientos comerciales y de servicio. Asimismo, se resolvió hacer una reforma a la ordenanza por la cual se establece el cobro de la tasa retributaria por servicios técnicos, administrativos y similares en el cantón Samborondón.
El objetivo de esta reforma es contribuir con el sector de la construcción haciendo una rebaja en las tarifas que se cobran por trámites de propiedades horizontales, fusiones, divisiones, rediseño de urbanización, determinación de línea de fábrica, linderos y mensuras (exclusivamente para Cabecera Cantonal), y rectificación de linderos (exclusivamente para Cabecera Cantonal). En la siguiente tabla se detalla el valor anterior y con la reforma.
A su vez, se aprobó una ordenanza para los establecimientos comerciales y de servicio. La norma contempla promover el uso de documentos digitales, propender la facturación electrónica exclusiva, eliminando el uso de facturas impresas. Los establecimientos deberán en lo posible cambiar los sistemas de cobro de tarjeta de crédito a los nuevos sistemas de lectores de aproximación.
Se permitirá el uso de pantallas táctiles que funcionen como cajas registradoras, las que deben ser desinfectadas constantemente, y en cada cambio de turno del personal que la utiliza. En los establecimientos de prestación de servicios, el usuario/cliente deberá acudir con cita previamente programada. Y se deberá tomar la temperatura al ingreso y salida a todos (incluidos trabajadores) con termómetros sin contacto.
Se deben realizar capacitaciones de bioseguridad y evaluaciones de riesgo para todo el equipo de trabajo, además de proveer de alcohol desinfectante al cliente, al ingreso y salida de las instalaciones. Restringir el uso de ascensores solo para personas con movilidad reducida, usuarios que utilicen carritos de compras o elementos que no pudieran ser transportados por las escaleras.
Todo establecimiento de comercio o servicios, que atienda o laboren más de 20 personas diarias permitirá que los clientes/usuarios puedan desinfectar su calzado. (I)